¿Estás pensando en remodelar tu casa?

03.07.2018

¿Es importante contar con los planos originales de la vivienda? Si es importante, porque en base a esos planos se realizarán las modificaciones a la vivienda.

Cabe señalar que cuando el propietario o constructor inscribe la declaratoria de edificación (declaratoria de fábrica) otorgada por la Municipalidad en la partida registral del inmueble en los Registros Públicos, también presenta los planos de arquitectura y plano de localización y ubicación debidamente sellada por la Municipalidad a los Registros Públicos quedando estos en el Archivo de los Registros Públicos. Por tanto, cualquier persona interesada en obtener los planos de arquitectura de una vivienda podrá solicitar al Archivo de los Registros Públicos una copia de los planos en mención.

¿Qué debo hacer si deseo modificar mi hogar?

Lo primero es tener en cuenta cuáles van a ser las modificaciones que se van a realizar en la vivienda, es decir, si se van a cambiar solo los acabados o se va a remodelar o ampliar la vivienda.

En el caso de que se vaya a realizar una remodelación o ampliación a la vivienda, el propietario estará obligado a solicitar la respectiva licencia de obra ante el Municipio correspondiente.

¿Necesito a un arquitecto o ingeniero?

Es importante, que los planos de la remodelación o ampliación de la vivienda las realice un arquitecto, sin embargo, en el caso de que se vayan a modificar las estructuras de la vivienda se deberá solicitar la intervención de un ingeniero civil.

¿Cuáles son las modificaciones que requieren que pida permiso al municipio? Es decir ¿si quiero modificar mi cocina es lo mismo que si deseo agregar un cuarto o un segundo piso?

Se requieren de una licencia de obra cuando las modificaciones son:

  • Ampliación
  • Remodelación de la vivienda.
  • Demolición parcial.

¿Debo contar con los planos antiguos de mi hogar?

Es importante contar con los planos originales de la vivienda, porque en base a esos planos se realizarán las modificaciones a la vivienda.

Cabe señalar que cuando el propietario o constructor inscribe la declaratoria de edificación (declaratoria de fábrica) otorgada por la Municipalidad en la partida registral del inmueble en los Registros Públicos, también presenta los planos de arquitectura y plano de localización y ubicación debidamente sellada por la Municipalidad a los Registros Públicos quedando estos en el Archivo de los Registros Públicos. Por tanto, cualquier persona interesada en obtener los planos de arquitectura de una vivienda podrá solicitar al Archivo de los Registros Públicos una copia de los planos en mención.

¿Tengo que hacer nuevos planos?

Por supuesto, puesto que en los planos se plantea cuáles serán las modificaciones que se realizará en la vivienda.

¿Estos planos los elaboró antes de acercarme a la municipalidad?

Lo primero que debe hacer una persona interesa en modificar su vivienda es consultar con un ingeniero o arquitecto a fin de que pueda estudiar los planos originales de la vivienda y determinar hasta qué punto se puede ampliar o remodelar la vivienda.

En el caso de ser positiva la remodelación y/o ampliación, el propietario deberá acercarse al municipio a fin de solicitar los requisitos y costos aproximados para solicitar la licencia de obra, ya sea para la remodelación o ampliación de la vivienda.

El arquitecto o ingeniero deberá elaborar los planos, memoria descriptiva, asimismo, se deberá recabar los requisitos solicitado por la Municipalidad conforme al TUPA (texto único de procedimientos administrativos).

Una vez cumplido con todos los requisitos se presentará el expediente de licencia de obra a la Municipalidad.

¿Qué debo presentar en el municipio? ¿Qué papeles necesito?

Cada municipio se rige por su TUPA (texto único de procedimientos administrativos) donde se señalan los requisitos y costos de cada trámite ante la Municipalidad.

Con respecto a la licencia de obra, en forma general, los requisitos son:

1. Copia Literal de dominio donde conste la declaratoria de fábrica, si está inscrita, o la conformidad de obra o la licencia de obra o de construcción de la edificación existente, en el caso de no constar en el asiento de inscripción correspondiente.

2. Para los casos de remodelación, modificación y reparación, se presentará el presupuesto de obra a nivel de sub. Partidas con costos unitarios de mercado publicados en medios especializados, indicando la fuente.

3. Plano de localización y ubicación, sellado y firmado por el Arq. Proyectista y el propietario.

4. Planos de Arquitectura diferenciados:

  • Levantamiento de la fábrica existente, graficando los elementos a eliminar.
  • Fábrica resultante graficando con achurado los elementos a edificar.
  • Solo en caso de una perfecta lectura, se podrá presentar un solo plano.

5. Planos de estructuras, obligatoriamente para los casos de remodelación, ampliación o reparación y cuando la comisión Técnica Calificadora de Proyectos lo estime necesario.

6. Planos de instalaciones en el caso que también se modifique las instalaciones.


¿Cuánto demora el trámite para que me acepten los cambios?

El tiempo que dura el trámite consta en el TUPA de cada Municipalidad.

¿Hay que hacer algún trámite en el notario o la Sunarp?

Una vez concluida la obra se deberá solicitar a la Municipalidad la conformidad de obra y consigo la municipalidad otorgará los planos de arquitectura y plano de localización y ubicación sellada por la municipalidad, los cuales se deberán inscribir en la SUNARP.

¿Necesitaré un abogado? ¿Para qué?

El abogado como asesor del propietario es el profesional que deberá velar porque se cumplan con todos los requisitos solicitados por la municipalidad para la presentación del expediente de licencia de obra.


Licencias y Habilitaciones Urbanas

Nuestro servicio integral abarca soluciones técnicas y legales, representación de los intereses de nuestros clientes, ya sea a nivel municipal, registro públicos y judicial, así como la elaboración y gestión del expediente para la obtención de licencias de habilitación urbana,

el servicio es proporcionado por profesionales especializados en planeamiento urbano y derecho urbanístico.

¿Podría por favor enumerar los pasos exactos a seguir?

  1. CONSULTAR: se deberá consultar a un ingeniero civil o arquitecto la posibilidad de hacer remodelaciones o ampliaciones en el inmueble.

  2. MUNICIPIO: solicitar los requisitos y costos a la municipalidad para solicitar licencia de obra, ya sea para remodelación y/o ampliación y/o demolición parcial.

  3. PREPARACIÓN: se deberá preparar el expediente técnico de licencia de obra, el cual contendrá documentos técnicos como planos de arquitectura, planos de las instalaciones eléctricas y sanitarias, si fuera el caso, memoria descriptiva de los planos, etc. Se deberá cumplir con los requisitos solicitados por el municipio.

  4. APROBACIÓN: una vez otorgada la licencia de obra por la municipalidad, se podrá iniciar con la obra.

  5. CULMINADA LA OBRA: culminada la obra, se solicita al municipio la conformidad de obra, si estuviera conforme los planos presentados originalmente en el expediente de la licencia de obra con la obra culminada, la municipalidad otorgará la conformidad de obra sin variación, y devolverá al propietario los planos debidamente sellados.

  6. INSCRIPCIÓN: El propietario deberá solicitar a SUNARP la inscripción de la modificación de la declaratoria de fábrica, para lo cual el propietario deberá presentar los planos de arquitectura y plano de localización y ubicación entregado por la Municipalidad, así como otros documentos solicitados por la SUNARP.

NOTA IMPORTANTE:

Solo podrá solicitar la licencia de obra ante la municipalidad el propietario o copropietarios si fuera el caso. 

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